1 Acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
2 DICTÁMENES DE COMISIONES EN SEGUNDA LECTURA
2.1 COMISIÓN PERMANENTE DE CULTURAS Y ARTES. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, reconoce como elementos culturales identitarios materiales e inmateriales del Estado de Oaxaca, los conocimientos y técnicas, los diseños y bordados para la elaboración de las blusas, soyates y enredos de la indumentaria típica de San Pablo Tijaltepec, Tlaxiaco, Oaxaca.
2.2 b) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara el 1 de julio de cada año, como el día de las Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas de Oaxaca.
2.3 c) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, otorga un reconocimiento público al maestro artesano Joaquín Alberto Vásquez Sánchez, por sus aportaciones en la preservación y difusión de la técnica para el grabado y difundido característico en la elaboración de las figuras de metal conocidas como “soldaditos de plomo”, que se elaboran en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, en la región mixteca del Estado de Oaxaca en sesión solemne que para tal efecto convoque la conferencia parlamentaria del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
2.4 d) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta respetuosamente al comité intersecretarial de la Guelaguetza 2025 a efecto de que se creen espacios destinados para las bandas filarmónicas tradicionales orquestas y conjuntos típicos, coros independientes y municipales y solistas e intérpretes de las ocho regiones del Estado, realicen sus presentaciones en la máxima fiesta de las y los oaxaqueños.
2.5 COMISIÓN PERMANENTE DE GOBIERNO Y ASUNTOS AGRARIOS. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara procedente la designación del Ciudadano Ciro Hernández Ruíz, como Regidor de Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Honorable Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, Tuxtepec, Oaxaca, por el periodo comprendido del uno de enero de dos mil veinticinco al treinta y uno de diciembre de dos mil veintisiete.
2.6 b) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara procedente la designación del Ciudadano Sergio Gómez Ramos, como Regidor de Desarrollo Agropecuario del Municipio de San Pedro Tapanatepec, Juchitán, Oaxaca, por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil veinticinco al treinta y uno de diciembre de dos mil veintisiete.
2.7 COMISIÓN PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURAS Y COMUNICACIONES. a) Dictamen con Proyecto de Acuerdo por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, exhorta a la Dirección General de Caminos y Puentes Federales a revisar y reconsiderar y regular adecuadamente el cobro del peaje de las casetas instaladas en la autopista de la costa a barranca larga ventanilla así mismo que sea para que se acelere el registro del esquema de residentes y realiza oportunamente las obras de mantenimiento de esta autopista para garantizar el óptimo flujo vehicular.
2.8 COMISIÓN PERMANENTE DE MIGRACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, reforma la fracción XI y se adiciona la fracción XII del artículo 23 de la Ley para el Reconocimiento y Atención de los Derechos de los Migrantes y sus Familias para el Estado de Oaxaca.
2.9 COMISIÓN PERMANENTE DE DEPORTE. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, adiciona la fracción V al artículo 8 de la Ley de Cultura Física y Deporte para el Estado de Oaxaca.