28-08-2024
Sesión: GP-274 SESIÓN EXTRAORDINARIA

LXV Legislatura

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Tipo de sesión:

GP-274 Sesión Extraordinaria

Fecha de Sesión:

28-08-2024

1 DICTÁMENES DE COMISIONES EN SEGUNDA LECTURA.

1.1 COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, reforma los artículos 59 fracción XXVIII Bis, 79 fracción X, se adiciona un artículo 114 Quinquies y se deroga el artículo 114 Quáter de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

1.2 COMISIÓN PERMANENTE DE INFRAESTRUCTURAS Y COMUNICACIONES. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, reforma la fracción IV, V y VII del artículo 3, el artículo 16, el segundo párrafo del artículo 18, último párrafo del artículo 20, el primer párrafo del artículo 21, el párrafo primero del artículo 26, la fracción I del artículo 28, el artículo 43, el artículo 45, los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 46, la fracción II del artículo 50, el artículo 53, el segundo párrafo del artículo 59, el segundo párrafo del artículo 62, la fracción I del artículo 63, el artículo 71, el primer y tercer párrafo del artículo 87, el artículo 88, el párrafo primero del artículo 91, el primer párrafo y la fracción V del artículo 93; y adiciona la fracción II al artículo 50, un tercer párrafo al artículo 61, tercer, cuarto, quinto y sexto párrafo al artículo 64, y un segundo párrafo al artículo 85, todos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

1.3 COMISIÓN PERMANENTE DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA. a) Dictamen con Proyecto de Decreto por el que la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, reforma el artículo 7 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Oaxaca.

Nota:

NOTA: El orden del día que se publica en la Gaceta Parlamentaria, está sujeto a modificaciones y a la aprobación definitiva que la Mesa Directiva pueda realizar, hasta antes del inicio de la misma.