Prisión y multa a quien ejerza la violencia digital: Congreso de Oaxaca
San Raymundo Jalpan, Oax.- El Pleno de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca se coloca a la vanguardia a nivel nacional al tipificar delitos contra la intimidad sexual, imponiendo sanciones de cuatro a ocho años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente.
De acuerdo a las reformas estipuladas al Código Penal, el artículo 249 establece a letra expresa que comete el delito de violación a la intimidad sexual quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique o solicite imágenes, audios o videos de una persona, de contenido intimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.
El dictamen emitido por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia establece que las mismas penas se aumentarán hasta en una mitad del máximo a quien cometa el delito contra su cónyuge o en contra de la persona con la que esté o haya estado unida por alguna relación afectiva, aun sin convivencia.
Se sancionará también con la misma medida a quien mantenga una relación laboral, social o política con la víctima o a quien cometa el delito en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho.
La ley se aplicará para quienes cometan el delito contra menores de edad, así como a las personas que obliguen a la víctima a fabricar, hacer el contenido intimo, sexual o erótico publicado.
La propuesta fue retomada de las iniciativas planteadas por las diputadas Elena Cuevas Hernández, Hilda Graciela Pérez Luis, Aleida Tonelly Serrano Rosado, Elim Antonio Aquino y los diputados Arsenio Lorenzo Mejía García y Noé Doroteo Castillejos.